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TRIBUNAL ARBITRAL GIRONA
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Tarifas
A) Gastos de apertura y registro de expediente: 250 € + IVA (302.50 €)
B) Tarifa por desestimiento o transacción en el acto de conciliación previo al acto de inicio de 500 € + IVA (605 €)
C) Honorarios de arbitraje y gastos administrativos del Tribunal
Procedimiento abreviado
 Cuantía en litigio (en euros)
Mínimo
Diferencial tramo
% tramo
 
  de ------ a 3.000
de 3.001 a 6.000
de 6.001 a 9.000
de 9.001 a 12.000
300
300
660
960
3.000
3.000
3.000
3.000
300 (mínim)
12%
10%
9%
 
Procedimiento ordinario
 Cuantía en litigio (en euros)
Mínimo
Diferencial tramo
% tramo
 
  de 12.001 a 25.000
de 25.001 a 50.000
de 50.001 a 100.000
de 100.001 a 200.000
de 200.001 a 400.000
de 400.001 a 800.000
de 800.001 a 1.600.000
de 1.600.000 a 3.000.000
de 3.000.001 a 5.000.000
de 5.000.001 a 10.000.000
de 10.000.0001 en endavant
1.230
2.530
4.780
8.780
15.780
27.780
47.780
79.780
121.780
161.780
211.780
12.999
24.999
49.999
99.999
199.999
399.999
799.999
1.399.999
1.999.999
4.999.999
--
10%
9%
8%
7%
6%
5%
4%
3%
2%
1%
0.5%
 
  1. La presente Tarifa cubre la actuación del Tribunal y los honorarios de un solo árbitro.
  2. Si los árbitros son tres la Tarifa se duplicará.
  3. La Tarifa no cubre los gastos provenientes de los actos de comunicación, la protocolización del laudo, las pruebas, las actuaciones producidas por el auxilio judicial o aquellas otras que resultaran necesarias o justificadas.
  4. El pago de la Tarifa se distribuirá entre las partes de acuerdo con aquello que se dispone en el Reglamento arbitral.
  5. Independientemente de la Tarifa , la parte que solicite la intervención del Tribunal tendrá que pagar una suma fija en concepto de gasto de apertura y registro de expediente.
  6. De existir reconvención, esta dará lugar en un nuevo acreditamiento.
  7. En caso de duda sobre la cuantía del asunto o que esta resulte indeterminada, la fijará el Tribunal.
  8. La parte que proponga la intervención del Tribunal podrá solicitar una fijación anticipada y aproximada del importe de la Tarifa aplicable.
  9. La presente Tarifa regirá mientras no sea modificada, totalmente o parcialmente, por acuerdo de la Asamblea General de la Asociación a las Comarcas Gerundenses para el Arbitraje.
Todas las empresas y personas, especialmente los autónomos, que tengan un conflicto en materia de derecho privado, controversias derivadas de contactos de tráfico mercantil o de carácter civil tienen dos vías para resolverlos: el arbitraje y la mediación.
ninot
Associació a les comarques Gironines per a l’Arbitratge
Av. Jaume I, 46 - 17001 Girona - Tel. 972 418 500 - Fax 972 418 501 - E-mail
Inscrita al Registre d’Associacions de Girona, secció 1ª núm. 2028. NIF G17371055  [ Nota legal ]